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Cómo pedir el Bono Post Laboral que entrega más de $90 mil

El beneficio vitalicio debe solicitarse dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión.

9:41 AM 06-05-2024

💼 El Bono Post Laboral es un beneficio vitalicio para los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo en sus pensiones. En 2024, el monto de este aporte es de $90.877 y se otorga a los trabajadores de una lista específica de entidades públicas, tales como:


  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.


💡 Este bono mensual no es imponible ni constituye indemnización o renta. Los beneficiarios son funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que trabajan en diversas reparticiones del Estado, incluyendo el gobierno central, gobiernos regionales, municipalidades, universidades estatales, entre otros, según la Superintendencia de Pensiones.

📜 Para acceder a este beneficio, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos. Deben estar afiliados al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP, tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres, y tener más de 20 años de servicio en alguna de las instituciones mencionadas.


📝 Además, deben ser funcionarios de planta, contrata o por Código del Trabajo de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono. También deben haber sido funcionarios de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo. Finalmente, deben tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.


📅 El beneficio debe solicitarse dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión. La solicitud debe hacerse ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones. La Superintendencia de Pensiones calculará la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador del funcionario.

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