Vivanco no quiere que Fiscalía le entregue sus chats con Hermosilla a la Corte Suprema: "Es ilegal"

La defensa de la suspendida ministra presentó acciones legales para bloquear la solicitud del Máximo Tribunal de acceder a sus conversaciones privadas con el abogado.

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Fabian

📱 La suspendida ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, quien enfrenta un proceso de remoción en el máximo tribunal, ha solicitado formalmente al Ministerio Público que no dé curso a la petición realizada por sus pares. La magistrada considera que esta acción vulneraría sus derechos fundamentales, lo que ha generado un intenso debate en el ámbito judicial.


📝 Los abogados de la defensa de Vivanco, Cristóbal Osorio y Juan Carlos Manríquez, han presentado dos acciones legales para bloquear la solicitud del presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, quien busca acceder a los chats que la ministra intercambiaba con el abogado Luis Hermosilla. Dichos mensajes fueron el detonante de su suspensión y el inicio del cuaderno de remoción en su contra.


Acciones legales presentadas por la defensa


⚖️ Según los abogados defensores, la petición de Blanco sería completamente irregular. Osorio y Manríquez argumentan que "sería totalmente irregular que se le entregue a un tercero antecedentes de una causa de la cual no son parte". La defensa considera que el acceso a esta información viola la naturaleza jurídica del procedimiento de remoción.


📃 De acuerdo con los antecedentes presentados por la defensa, la solicitud del presidente de la Suprema "infringe el ordenamiento jurídico y desconoce la naturaleza jurídica del procedimiento de remoción", ya que se realizó cuando la suspendida ministra aún no había tenido acceso al expediente de remoción ni al de la Comisión Ética que analizó su caso.


📑 En el documento presentado ante la Corte Suprema, Osorio expuso que "el procedimiento de remoción es un procedimiento constitucional de derecho estricto que tiene como regulación el artículo 80 de la Carta Fundamental y respecto a los Ministros de la Excma. Corte los artículos 41 y 42 del Acta 108-2020, de la Excma. Corte Suprema". Añade que estas normas "no autorizan la solicitud de diligencias u oficios de la Excma. Corte porque solo autoriza un traslado y prueba del inculpado, como expresamente se regula".


📲 Asimismo, los abogados enfatizaron que el procedimiento de remoción, a diferencia del procedimiento disciplinario, "no regula una etapa de investigación y diligencias a llevar a cabo por parte de un Fiscal Instructor (...) De este modo, no es posible extrapolar facultades y medidas de un procedimiento disciplinario propiamente tal a uno de remoción, sin infringir el principio de legalidad del artículo 6° y 7° de la Constitución y las propias normas dadas por la Excma. Corte Suprema en esta materia”.


📜 La defensa de Vivanco argumenta que en esta situación no existe ninguna fuente legal que autorice al Pleno de la Corte Suprema para hacer dicha solicitud. Según sus palabras, "en la materia que nos convoca, al tenor de la norma constitucional, no existe fuente legal alguna que autorice al Excmo. Pleno de la Corte Suprema para hacer dicha solicitud y acceder por su intermedio a conversaciones privadas en esta sede”.


Aspectos técnicos del proceso de remoción


🔍 Otro de los puntos clave que destaca la defensa es que, de acuerdo con la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, el tratamiento de datos personales, como los WhatsApp, "requiere fuente legal o autorización del titular". En este sentido, los abogados subrayan que el tratamiento de datos personales "es decir, cualquier operación o complejo de operaciones o procedimientos técnicos para seleccionar, extraer, confrontar, interconectar, disociar, comunicar, ceder, transferir, transmitir o cancelar datos de carácter personal, como son los WhatsApp, requiere fuente legal o autorización del titular”.


🚨 La defensa sostiene que la Fiscalía Nacional, encargada de la custodia de la base de datos donde se almacenan los chats, debe contar con una fuente legal que autorice la entrega de esta información a terceros o el consentimiento de sus titulares, dos elementos que, según los abogados, "no existen en autos".


💬 Finalmente, Osorio y Manríquez advierten que cualquier incumplimiento de lo anterior "obligará a la eliminación inmediata de dicha información por parte del responsable de la base de datos y dará lugar a la indemnización de perjuicios que corresponda”, según detalla La Tercera.


📝 En paralelo, los abogados también enviaron un segundo escrito al fiscal nacional, Ángel Valencia, solicitando que se rechace la solicitud de información planteada por el ministro Ricardo Blanco. Este documento, firmado por Osorio y Manríquez, replica los argumentos ya expuestos y añade: "por expresa instrucción de nuestra representada, solicitamos tener por interpuesta oposición a la solicitud de entrega unilateral de información que se ha indicado, de la manera en que ha sido pedida, conforme a los artículos 19.2 y 19.3 de la Constitución”.