Sindicato de la ACHS logró que prevencionistas que trabajaron en pandemia tengan descanso compensatorio de 14 días

Inicialmente, la empresa se negó a reconocerlos como trabajadores de la salud. Sin embargo, la justicia falló en su contra.

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Alvaro Ortiz Villalobos

⚖️ El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó este miércoles la reclamación judicial de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) por una multa impuesta por la Dirección del Trabajo.


📢 La disputa surgió de una denuncia del Sindicato Nacional de la empresa sobre el no reconocimiento de prevencionistas de riesgos como trabajadores de la salud.


🛌 La Ley 21.530 otorga, por única vez y de manera excepcional, un "descanso reparatorio" de 14 días hábiles a los empleados de establecimientos de salud privados, farmacias y almacenes farmacéuticos que prestaron servicios durante la pandemia, sin distinción de la calidad contractual.


🚫 El Sindicato Nacional reclamaba que a 718 prevencionistas de riesgos no se les reconoció como tal, lo que afectó su derecho a este beneficio. Fruto de ello, la Dirección del Trabajo multó a la ACHS con 60 UTM por infringir el artículo 1 de dicha ley.


🗂️ La empresa apeló la multa, argumentando que los prevencionistas de riesgos no están relacionados con el área médica, debido a que estos no trabajan en ninguno los recintos fijados por ley, además de tampoco tener un contacto directo con los pacientes.


🔔 Sin embargo, el Juzgado falló a favor del sindicato, determinando que los afectados deben recibir el descanso compensatorio. Esto obliga a la ACHS a cumplir con la Ley 21.530 y otorgar el descanso compensatorio a los 718 trabajadores.