Andrónico, Nicolás y Jean Paul Luksic son multados por la CMF por transar acciones fuera de plazos legales
Pese a que los movimientos corresponden a una reestructuración de Quiñeco S.A., la CMF aclaró que el periodo de bloqueo es igualmente ineludible en estos casos.
💼 La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sancionó a Andrónico Luksic Craig, Nicolás Luksic Puga y Jean Paul Luksic Fontbona, tres miembros destacados de la familia Luksic, con una multa de UF 1.250 cada uno. Esta sanción se emitió debido a que los empresarios realizaron transacciones con acciones de Quiñenco S.A., infringiendo la normativa del mercado de valores que prohíbe operar en acciones en ciertos períodos.
⚖️ Según la ley, quienes ocupan posiciones directivas o estratégicas en una empresa tienen prohibido realizar operaciones bursátiles en los 30 días previos a la publicación de estados financieros, con el fin de evitar ventajas basadas en información privilegiada.
📈 De acuerdo con la información revelada por la CMF, los Luksic negociaron un total de 2.619.260 acciones de Quiñenco S.A., con un valor cercano a los $6.228 millones, transacción efectuada el 29 de agosto de 2022. Esta fecha se encontraba a tan solo días de la publicación de los estados financieros de la empresa, programada para el 9 de septiembre. La operación fue llevada a cabo a través de las sociedades Inversiones Orengo S.A. y Ruana Copper AG Agencia Chile, en las cuales los tres empresarios mantienen una participación.
🕰️ La normativa impone restricciones para transacciones previas a la entrega de información financiera, a fin de que altos ejecutivos y sus allegados no utilicen posibles datos privilegiados. Este marco regulatorio protege al mercado de distorsiones que pueden surgir si personas en posiciones de influencia compran o venden acciones con conocimiento anticipado de información relevante, afectando así la transparencia y equidad para todos los inversionistas.
Prohibición explícita e ineludible
📑 La CMF explicó que, aunque la operación de los Luksic estaba destinada a simplificar la estructura de control de Quiñenco S.A., los empresarios involucrados estaban igualmente sujetos a la prohibición de realizar transacciones en el período de bloqueo. Este tipo de regulaciones tiene como objetivo evitar que directivos o figuras influyentes de las empresas, que podrían tener acceso a datos de importancia para el mercado, efectúen transacciones con una ventaja informativa sobre otros participantes.
💸 La sanción económica de UF 1.250 equivale a aproximadamente $47 millones chilenos por cada uno de los sancionados. Esta multa se enmarca en las facultades de la CMF para aplicar sanciones y resguardar las normas que aseguran la igualdad en el mercado de valores.
📊 La CMF subrayó que la prohibición para transacciones se aplica independientemente de las intenciones de reorganización empresarial de los involucrados, ya que el período de bloqueo establecido busca evitar cualquier percepción o posibilidad de operaciones influenciadas por información reservada. Esta medida no solo protege la equidad en el mercado sino también la reputación de las empresas, que pueden verse afectadas si sus directivos no respetan las normativas vigentes.
⚖️ El ente financiero enfatizó en su informe que la aplicación de esta sanción refuerza el compromiso de la entidad con la transparencia y la igualdad de condiciones en el mercado financiero. “Si bien la operación formaba parte de un proceso destinado a simplificar la estructura a través de la cual se ejercía el control de Quiñenco S.A., los sancionados igualmente estaban sujetos a la prohibición de realizar tales transacciones durante el periodo de bloqueo establecido por la normativa citada”, según detallo la CMF.