Corte Suprema ordena borrar publicaciones de la senadora Campillai contra Claudio Crespo

La Corte Suprema ordenó a la senadora eliminar publicaciones en redes sociales que afectan la honra del ex oficial, al vincularlo con violaciones a los derechos humanos.

Fabian

🌐 La Corte Suprema de Chile acogió un recurso de protección presentado por el exoficial de Carabineros Claudio Crespo contra la senadora Fabiola Campillai, ordenándole eliminar todas las publicaciones en sus redes sociales que lo vinculen con violaciones a los derechos humanos. La decisión fue tomada por la Tercera Sala del máximo tribunal, que consideró que dichas afirmaciones afectan el derecho a la honra del exuniformado.


📜 En el fallo, el tribunal estableció que las publicaciones realizadas por la parlamentaria en plataformas digitales constituyen una acción de autotutela, al atribuir a Crespo conductas graves sin que exista una sentencia penal que lo declare culpable. Según la sentencia, estas acusaciones dañan su buen nombre y deben ser retiradas para preservar sus derechos constitucionales.


⚖️ “Que en la especie se produce una colisión entre dos garantías constitucionales, a saber, entre el derecho a la honra y al de la libertad de expresión, las que deben ser debidamente ponderadas”, señala textualmente el documento judicial. El fallo subraya que la ponderación favorece la protección del prestigio personal frente a afirmaciones públicas que carecen de respaldo judicial.


📌 “Sobre el particular conviene tener presente que dentro del derecho a la honra se encuentra consagrado también el derecho al buen nombre, consistente en el concepto que del individuo tienen los demás miembros de la sociedad en relación con su comportamiento, honestidad, decoro, calidades, condiciones humanas y profesionales”, detalla la resolución. El texto agrega que este derecho se ve comprometido cuando se publican en redes sociales imputaciones que generan descrédito.

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La entidad estatal brindará apoyo psicológico, social y jurídico a través del Centro de Atención Especializada en Violencias de Género.

2025-02-21 10:22:43

Libertad de expresión y sus límites


🌍 El fallo, firmado por los ministros Adelita Ravanales, Mario Carroza y Diego Simpértigue, también aborda el impacto de la libertad de expresión en entornos digitales. “Aunque la libertad de expresión ha sido fundamental en el imaginario mundo de la comunicación en el ciberespacio, la experiencia ha demostrado que en los entornos de comunicación virtual ella puede entrar en conflicto con otras libertades individuales, como son por ejemplo el derecho al buen nombre”, indica la sentencia.


🖥️ Además, se destaca que “la libertad de expresión no tiene un carácter absoluto y, por cierto, queda limitada por el derecho al buen nombre que le asiste al afectado por las expresiones deshonrosas que se han vertido en una red social pública”. Esto refuerza la obligación de Campillai de borrar las publicaciones señaladas.


📢 “Lo anterior, con la pretensión de modelar el concepto público que se tiene del individuo, sobre la base de la atribución de conductas, que constituyen ilícitos penales, y sobre los que no recae sentencia penal que declare la afectividad de la autoría que se le imputa”, explica el tribunal. La Corte enfatizó que estas afirmaciones perjudican el prestigio de Crespo en su entorno social.


✅ Finalmente, la resolución concluye: “En consecuencia, sólo cabe concluir que las expresiones vertidas por la recurrida, sin otorgar una posibilidad de respuesta o de contra argumentación de la contraria, afecta la honra de quien es sindicado derechamente como un violador de derechos humanos, razón por la que ha de acogerse la presente acción cautelar”. Así, se ordenó a la senadora eliminar el contenido para restablecer el derecho vulnerado.


Revisa el fallo completo en este link.