La nueva movida judicial del CDE contra Democracia Viva (y por qué podría ser clave)

Los convenios implicaron la transferencia de $426 millones para proyectos de habitabilidad en campamentos.

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Lucas Soller

🚨 El Consejo de Defensa de Estado (CDE) solicitó a la justicia la retención de bienes de la fundación Democracia Viva debido al "incumplimiento grave" de sus obligaciones en convenios con el Minvu en Antofagasta.


💰 El CDE pidió al Primer Juzgado Civil de Antofagasta que decrete la medida precautoria de retener los dineros depositados en la cuenta bancaria de la fundación. De esta forma, "la fundación se encuentra en la obligación de restituir los montos no rendidos".

💡 Los convenios con la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo y el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de la Región de Antofagasta implicaron la transferencia de $426 millones para proyectos de habitabilidad en campamentos.


La fundación debe restituir los montos no rendidos tras el término anticipado de los convenios.


📋 La medida cautelar se basa en un "cúmulo de antecedentes" que evidencian el riesgo de que la fundación no cumpla con la obligación de restituir la suma adeudada al fisco.


💼 El tribunal concedió la medida precautoria y afecta los dineros depositados en la cuenta corriente del Banco del Estado de Chile, entidad ya notificada de la resolución, según CNN Chile.


  • “Fue concedida por el tribunal, con la misma fecha, y recae específicamente en dineros de la mencionada fundación que se encuentran depositados en la cuenta corriente del Banco del Estado de Chile, entidad bancaria que ya fue notificada de la resolución del tribunal” informó el CDE.


🤔 Aquí te desglosamos los conceptos de la solicitud del CDE:


Medida Cautelar: Se refiere a una medida preventiva que toma un tribunal antes de que se llegue a una decisión definitiva en un caso legal. Estas medidas se adoptan para evitar daños o perjuicios mientras se resuelve el asunto en cuestión.


Retención de Bienes: Es una acción en la que se bloquean o aseguran los bienes de una persona o entidad para garantizar el cumplimiento de una obligación financiera o el pago de una deuda.


Sin previa audiencia o notificación: En algunos casos, el tribunal puede ordenar la retención de bienes sin notificar previamente a la parte afectada. Esto generalmente sucede cuando hay una urgencia para evitar que los bienes sean ocultados o trasladados para evitar el pago de una deuda.


Motivos graves y calificados: Se hace referencia a razones sólidas y fundamentadas que justifican la toma de la medida cautelar. Estos motivos deben cumplir con lo establecido en el artículo 279 del Código de Procedimiento Civil, que posiblemente estipula las condiciones para que una medida cautelar sea procedente.


Situación patrimonial de la fundación Democracia Viva: Se refiere a la situación financiera y los bienes de la fundación.


Riesgo evidente de incumplimiento de deuda: El CDE considera que hay una posibilidad clara y evidente de que la fundación Democracia Viva no cumpla con su obligación de devolver una suma considerable de dinero que debe al fisco (las finanzas públicas del Estado).


Medida Prejudicial Precautoria: Es el tipo específico de medida cautelar que se ha solicitado y concedido en este caso. Se ha pedido asegurar el dinero de la fundación depositado en una cuenta corriente del Banco del Estado de Chile, y el banco ya ha sido notificado sobre la decisión del tribunal.