📜 En agosto, la Corte Suprema dictó un fallo que las isapres aplicaron en diciembre. Este fallo está relacionado con las alzas en las primas GES y afecta los meses de septiembre, octubre y noviembre.

🏢 La Superintendencia de Salud, bajo la dirección de Víctor Torres, inició la emisión de sentencias para más de 150 mil reclamos recibidos por el aumento de precios.

💰 Las isapres deben reliquidar las diferencias de cotizaciones desde agosto de 2023. El pago debe considerar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

📃 En la circular del 27 de diciembre, firmada por Osvaldo Varas, intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, se establece el reconocimiento de obligaciones para todos los beneficiarios que reclamaron entre el 1 de septiembre y el 1 de diciembre.

🔍 Las isapres deben registrar contablemente las obligaciones correspondientes al total de beneficiarios (cotizantes y cargas) que presentaron reclamos, basándose en el valor de la UF a la fecha de registro.

🏦 Los montos generados por sobre cotizaciones deben reconocerse en una cuenta corriente individual. Para los afiliados sin cuenta, las isapres deben abrir una para registrar y controlar la devolución de las sobre cotizaciones.